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Derechos y
obligaciones de los usuarios del Espectro Radioeléctrico
Derecho:
- A peticionar el otorgamiento de espectro
(frecuencias) sobre la base de normas vigentes y tratamiento
igualitario.
Obligaciones:
- De respetar las características
y condiciones de funcionamiento establecidas en las autorizaciones
de instalación y funcionamiento de las estaciones
radioeléctricas de las que sea titular.
- De usar equipos radioeléctricos
homologados o codificados por la CNC
- De contar con una copia íntegra
de la autorización radioeléctrica en cada
lugar donde funcione una estación y copia de la última
factura paga del canon radioeléctrico.
- De requerir la previa autorización
de la CNC, para ampliar, modificar, ceder o trasladar instalaciones.
- De no prestar servicios a terceros abonados,
si el sistema radioeléctrico fue solicitado y autorizado
para uso privado y propio de la actividad que desarrolla.
- De no falsear los datos de la cantidad
de abonados que informan los prestadores de servicios de
telecomunicaciones.
- De identificarse cada vez que se realizan
comunicaciones.
- De no transmitir cualquier otra señal
que no sea la específica del servicio autorizado.
- De no emplear expresiones reñidas
con las normas de moral y buenas costumbres.
- De no producir interferencias perjudiciales.
- De no emplear una potencia superior a
la establecida en la autorización.
- De renovar cada 5 años calendario
los Certificados habilitantes para Operadores Profesionales
de Radio y Radioaficionados.
- De estar al día con los pagos de
derechos y aranceles Radioeléctricos.
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| CAUER
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Dirección
Perú 103 - 1º piso
(C1067AAC) Bs. As.
Argentina
E-mail.
cauergi@cnc.gov.ar
Horario de atención
Lun. a Vier. 11 a 16 hs.
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