Comision Nacional de Comunicaciones
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GERENCIA DE INGENIERIA

MISION

2.1. Entender en la gestión técnica de la Comisión Nacional de Comunicaciones a fin de maximizar la utilización del espectro radioeléctrico.

2.2. Entender en la tramitación de los pedidos de autorización y licencias para el uso e instalación de medios, servicios o sistemas de comunicaciones.

2.3. Entender en los dictados de reglamentos y normas técnicas de los servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones, así como en la homologación de su equipamiento.

2.4. Entender en todas las cuestiones de orden técnico asignadas al ente por la legislación en materia de telecomunicaciones.

2.5. Asegurar la calidad y compatibilidad técnica de las redes de radiocomunicaciones.

5.4. Entender en la elaboración y compatibilización de los Planes Técnicos para los servicios de telecomunicaciones y en su reglamentación, a partir de políticas regulatorias. (Incorporado por Res. CNC Nº 447/2000 – La numeración corresponde a la Res. original)

FUNCIONES

2.6. Administrar el espectro radioeléctrico, a efectos de maximizar su utilización, promover la prestación competitiva de servicios de telecomunicaciones y dar estricto cumplimiento a las normas internacionales y a los Convenios y Tratados internacionales en la materia.

2.7. Asignar –conforme las facultades que oportunamente se deleguen las frecuencias de los distintos servicios de telecomunicaciones estableciendo los criterios técnicos correspondientes.

2.8. Homologar equipos de telecomunicaciones.

2.9. Tramitar y asistir a sus superiores en las tareas de homologación del equipamiento de telecomunicaciones.

2.10. Elaborar los reglamentos y normas técnicas de los distintos servicios actuales y futuros, adecuándose a la nueva tecnología.

2.11. Instruir los sumarios, substanciar los recursos administrativos, denuncias administrativas y dar traslado a la Gerencia de Asuntos Jurídicos a los efectos que correspondiere.

2.12. Asistir a la Secretaría de Comunicaciones en la fijación de las tasas y aranceles de los servicios radioeléctricos.

5.22. Efectuar un seguimiento de actualización de los Planes Fundamentales y de las Redes radioeléctricas y de telecomunicaciones. (Incorporado por Res. CNC Nº 447/2000 – La numeración corresponde a la Res. original)

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Coordinación General

FUNCIONES

2.13. Coordinar y organizar las distintas tareas que se desarrollan dentro de la Gerencia.

2.14. Coordinar las acciones que desarrollan las distintas áreas de la gerencia, a los fines de dar cumplimiento a los objetivos planteados por la misma.

2.15. Dar el apoyo logístico necesario a las distintas áreas de la gerencia, a efectos que las mismas cumplan correctamente con sus funciones.

2.16. Intervenir como unidad coordinadora entre la Gerencia, sus áreas y otras Gerencias de la Comisión Nacional de Comunicaciones, como así también con otros organismos externos.

2.17. Desarrollar tareas multidisciplinarias que la gerencia le solicite.

2.18. Participar en los distintos grupos de trabajos, en lo que tiene participación la Gerencia.

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Control de Gestión

FUNCIONES

2.19. Verificar el cumplimiento de las directivas emanadas de la Gerencia.

2.20. Controlar la mesa de entradas y de despacho de la Gerencia.

2.21. Efectuar el seguimiento de expedientes y trámites.

2.22. Efectuar el control de calidad de expedientes, notas, autorizaciones, licencias, proyectos de resolución, y/o cualquier otra documentación que ingrese o egrese de la Gerencia.

2.23. Elaborar los informes de estadísticas de la Gerencia, como así también producir los informes de gestión correspondientes.

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Área Asignación de Frecuencias

FUNCIONES

2.24. Entender en todos los aspectos relacionados con las asignaciones de frecuencias y fijación de características técnicas, para el funcionamiento de funciones constitutivas de sistemas de radiocomunicaciones y del servicio de radiodifusión excepto lo inherente al servicio de radioaficionados, banda ciudadana, sistemas de espectro ensanchado y sistemas satelitales.

2.25. Entender en la asignación de frecuencias, el otorgamiento de los distintivos de llamada y establecer los parámetros técnicos a que deberán ajustarse los servicios y sistemas radioeléctricos de acuerdo con las normas vigentes.

2.26. Entender en la regulación y aplicación de las normas administrativas, legales y reglamentarias, para el otorgamiento de las autorizaciones correspondientes a la instalación y puestas en funcionamiento de estaciones radioeléctricas de los servicios de radiocomunicaciones que operan por debajo de 30 MHz.

2.27. Intervenir en el análisis de las características y confiabilidad de los sistemas en proyecto relativos a los servicios de radiocomunicaciones, emitiendo los pertinentes dictámenes técnicos.

2.28. Intervenir en todo lo relacionado con la notificación, registro, modificación, anulación y protección de las frecuencias que requieren reconocimiento internacional.

2.29. Entender en la actualización del Registro Nacional de Frecuencias y Estaciones Radioeléctricas.

2.30. Entender en la evaluación de los cálculos de propagación de enlaces radioeléctricos.

2.31. Entender en la elaboración de la documentación técnica que forma parte de las autorizaciones radioeléctricas.

2.32. Entender en el análisis metódico de las nuevas emisiones extranjeras para determinar, en el caso de que lo hubiera, su grado de incompatibilidad con las asignaciones argentinas.

2.33. Intervenir en el estudio sistemático de utilización del espectro radioeléctrico atribuido a los servicios terrenales con el objeto de generar nuevas alternativas para determinadas actividades.

2.34. Intervenir en el análisis técnico de las denuncias de interferencias nacionales e internacionales producidas sobre los servicios de radiocomunicación terrenal.

2.35. Intervenir en la preparación y presentación de ponencias técnicas, en los aspectos de su competencia específica, necesarias para la participación de la República Argentina en el ámbito de las reuniones y conferencias internacionales.

2.36. Intervenir en la preparación de los requisitos de orden técnico que se establecen en los pliegos de bases y condiciones para los concursos de otorgamiento de licencias para emisoras de radiodifusión, y para los servicios de telecomunicaciones (radiocomunicaciones) en régimen de competencia cuya asignación se efectúe a través de dicho método.

2.37. Intervenir en los aspectos técnicos relacionados con la elaboración y aplicación de planes de radiodifusión, normas de servicio y equipos.

2.38. Coordinar con la Gerencia de Relaciones Internacionales la atribución de bandas y la asignación de frecuencias de los servicios satelitales.

Sector HF

FUNCIONES

2.39. Entender en la asignación de frecuencias, emisión de autorizaciones, aplicación de derechos y aranceles radioeléctricos, altas bajas y modificaciones de redes correspondientes a sistemas: Privado y Oficial Exclusivo (POE), Privado y Oficial Bancario (POEB), Seguridad en Rutas (SRHF), Transportistas de carga (TCHF), Transportistas de Pasajeros (TPHF), Oficial Compartido (OCHF), Pruebas de Fabricantes (PFHF), Privado Compartido (PCHF), Compartido Petrolero (SCPE), Compartido Vial (SCEV), Compartido Ferroviario (SCEF), Radioteletipo y Transmisión de datos (RTTY/D), Reducida Potencia (RPHF).

2.40. Entender en la búsqueda de canales para los distintos sistemas de radiocomunicaciones que operan en frecuencias inferiores a 30 MHz.

Sector V-UHF Móvil

FUNCIONES

2.41. Entender en la asignación de frecuencias para los servicios: de Avisos a Personas (SAP), Repetidor Comunitario (SRC), de Transmisión de Mensajes Bidireccional (STMB), de Radio Taxi (SRT), de Avisos a Personas Bidireccional (SAPB), de Mensajería Rural (MR), Radioeléctrico de Concentración de Enlaces (SRCVE).

2.42. Entender en la coordinación de frecuencias para el servicio de telefonía celular realizado por los países del MERCOSUR.

2.43. Entender en la asignación de frecuencias para los sistemas de: Transporte de Programas de Radiodifusión Sonora (TPRS), Transmisión de datos (TXDAT), Radioeléctricos de Concentración de Enlaces Privados y Oficiales (SRCEP-SRCEO), Radiotelefonía Rural por Acceso Múltiple (RTRAM), y aquellos que se encuadren en la Modalidad Exclusiva de uso de frecuencias (MEVHF-UHF).

2.44. Entender en la asignación de frecuencias en la Modalidad Compartida para sistemas de: Cooperativas (MCOOP), Bomberos (MCBO), Transporte no colectivo de pasajeros-remises (MCREM), Limitados de Avisos de Personas (APL), y para requerimientos de índole general no comprendidos por los mencionados anteriormente (MCVHF-UHF).

2.45. Entender en la búsqueda de canales para los distintos servicios o sistemas de radiocomunicaciones móviles.

2.46. Entender en la confección de fichas técnicas de registro de frecuencias. Mantenimiento y actualización de las bases de datos del registro de asignaciones.

2.47. Entender en la confección de la documentación técnica de las autorizaciones.

Sector V-U-SHF Fijo

FUNCIONES

2.48. Entender en la asignación de frecuencias para los sistemas de: Transmisión de datos (TXDAT), Multicanales Analógico (MXA), Multicanales Digitales (MXD), Abonados Rurales Punto a Punto (ARPAP), Cabinas Públicas de Larga Distancia (CPLD), Transporte de programas de radiodifusión Sonora (TPRS), Alarmas por Enlaces Múltiples General (SAEML), Alarma Punto a Punto (SAPAP), Transporte de Programas de televisión (TPTV), Circuitos Cerrados de televisión por Suscripción (CCTVS), Acceso Inalámbrico del Servicio Básico Telefónico (AISBT) y aquellos fijos que se encuadran en la Modalidad Exclusiva de asignación de frecuencias (MEVHF-UHF).

2.49. Entender en la búsqueda de canales para los distintos servicios o sistemas de radiocomunicaciones fijos.

2.50. Entender en la confección de fichas técnicas de registro de frecuencias. Mantenimiento y actualización de las bases de datos del registro de asignaciones.

2.51. Entender en la confección de la documentación técnica de las autorizaciones.

Sector Registro

FUNCIONES

2.52. Entender en la producción de informes relativos a interferencias.

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Área Licencias y Autorizaciones

FUNCIONES

2.53. Entender en la regulación y aplicación de las normas administrativas, legales y reglamentarias para el otorgamiento de las licencias y autorizaciones correspondientes a la instalación y puesta en funcionamiento de los servicios de radiocomunicaciones terrenal, excepto los de Radiodifusión e incluido el de Radioaficionados.

2.54.
Intervenir en la coordinación de todos los aspectos específicos vinculados con instituciones y organismos nacionales e internacionales que registren actividad marítima y aeronáutica.

2.55.
Entender el otorgamiento de autorizaciones móviles, terrestres, marítimas y aeronáuticas en el sistema INMARSAT.

2.56.
Entender en la asignación de frecuencias y el otorgamiento de los distintivos de llamada y códigos a estaciones costeras y de barco, aeronáutica, de aeronave, de radiodeterminación y de servicios especiales, comprendidas en los Servicios Móviles Marítimo y Aeronáutico.

2.57.
Intervenir en las actuaciones que deban promoverse por denuncias de interferencias perjudiciales.

2.58.
Entender en el otorgamiento de certificados de Operadores de Telecomunicaciones.

2.59.
Intervenir en la fijación de los derechos y aranceles para los servicios de radiocomunicación terrenal, excepto los de radiodifusión e incluido el de Radioaficionados.

2.60.
Intervenir en la elaboración de las normas legales y reglamentarias para los servicios de radiocomunicación terrenal, excepto los de radiodifusión e incluido el de Radioaficionados.

Sector Autorizaciones

FUNCIONES

2.67. Entender en la aplicación de las normas administrativas legales y reglamentarias para el otorgamiento de autorizaciones de estaciones radioeléctricas.

2.68. Entender en el otorgamiento de las autorizaciones del servicio móvil, terrestre en el sistema INMARSAT.

2.69.
Entender en la autorización de los servicios banda ciudadana (SBC), servicio espectro ensanchado (SEE) y sistemas inalámbricos digitales de acceso a la red telefónica pública (SIDUP).

2.70.
Mantiene actualizado el registro de abonados para los servicios de prestación de SBC, SEE y SIDUP, como también el registro de facturación (carga de rubros).

2.71.
Controlar los plazos de instalación y presentación de abonados para los servicios de prestación.

2.72.
Controlar los plazos de los certificados de habilitación.

2.73.
Coordinación integral del área (tareas y personal). Notificaciones para los usuarios.

2.74.
Confección de los registros de prestadores efectivos. Encuadre de las autorizaciones para su posterior tasación. Atención y asesoramiento al público usuario.

2.75.
Encuadre y propuesta de los servicios solicitados por los usuarios.

2.76.
Manejo integral de la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Seguimiento de trámites en general. Franqueo de la correspondencia.

2.77.
Secretaría del Area (realización de trámites internos, pases de expedientes, notas, memorándum, etc.). Atención telefónica. Realización de las disposiciones y resoluciones de la Sección Autorizaciones.

Sector Móvil Marítimo y Aeronáutico

FUNCIONES

2.78. Intervenir en la elaboración de normas y reglamentos que rigen los servicios, incluyendo: Fijo y Móvil Terrestre, Fijo y Móvil Terrestre por Satélite, Fijo y Móvil Aeronáutico, Fijo y Móvil Aeronáutico por Satélite, Fijo y Móvil Marítimo y Fijo y Móvil Marítimo por Satélite.

2.79.
Asignar las frecuencias correspondientes a los Servicios Móvil Marítimo y Móvil Aeronáutico.

2.80.
Verificación y supervisión de todas las tramitaciones administrativas del servicio, necesarias para la emisión de las autorizaciones.

2.81.
Confección de las autorizaciones y control administrativo en todas las fases de la expedición de las licencias.

2.82.
Otorgamiento, renovación, rehabilitación y cancelación de las autorizaciones de las estaciones radioeléctricas.

2.83.
Otorgar los distintivos de llamadas correspondientes a los mencionados a SMM y SMA.

2.84.
Notificaciones a la U.I.T. sobre SMM y SMA, de las estaciones autorizadas.

2.85.
Entender en el comisionamiento de las estaciones terrestre marítimas y aeronáuticas de los sistemas INMARSAT.

2.86.
Recepción de expedientes y tramitación interna.

2.87.
Mantener actualizados los registros de los servicios correspondientes.

2.88.
Relación con Organismos Nacionales e Internacionales del sector.

Sector Certificación de Operadores de Telecomunicaciones

FUNCIONES

2.89. Intervenir en la elaboración de normas y reglamentos que rigen los servicios, incluyendo: Fijo y Móvil Terrestre, Fijo y Móvil Terrestre por Satélite, Fijo y Móvil Aeronáutico, Fijo y Móvil Aeronáutico por Satélite, Fijo y Móvil Marítimo y Fijo y Móvil Marítimo por Satélite.

2.90.
Formación de Operadores de equipos de Telecomunicaciones por exámenes libres a rendir en la sede de la CNC de los aspirantes al correspondiente certificado.

2.91.
Supervisión de los exámenes correspondientes a los cursos dados por Institutos oficiales, privados y radioclubes.

2.92.
Analizar la documentación presentada por los Institutos oficiales, privados o radioclubes para el dictado de los Cursos de Operadores de Telecomunicaciones.

2.93.
Preparación de temarios específicos, acorde a la evolución tecnológica en el campo de las telecomunicaciones para el Servicio Móvil Marítimo y Aeronáutico, destinados a la formación de operadores.

2.94.
Preparación de la documentación para la expedición de Certificados de operadores de telecomunicaciones. Mantenimiento de Archivos.

2.95.
Recepción de expedientes y tramitación interna.

2.96.
Mantener actualizados los registros de los servicios correspondientes.

2.97.
Relación con Organismos Nacionales e Internacionales del sector.

Sector Radioaficionados

FUNCIONES

2.98. Coordinación integral del área (tareas y personal). Elaboración de notificaciones a los usuarios.

2.99.
Entender en la aplicación de las normas administrativas legales y reglamentarias para el otorgamiento de las licencias de estaciones radioeléctricas fijas, móviles y repetidoras del servicio radioaficionado.

2.100.
Intervenir en la elaboración de normas y reglamentos que rigen el servicio.

2.101.
Efectuar la renovación de licencias con vencimiento quinquenal.

2.102.
Entender en la gestiones necesarias para la realización de cambios de señal distintiva, de domicilio, rehabilitaciones de licencias, bajas, ascensos de categorías, autorizaciones a extranjeros, permiso internacional (IARP).

2.103.
Intervenir en los informes correspondientes desde la competencia específica del sector, a los requisitos necesarios para los radioclubes para el dictado de cursos de operadores de telecomunicaciones.

2.104.
Carga en el Sistema Informático de las Licencias.

2.105.
Coordinación de acciones conjuntas y asesoramiento a los radioclubes del país.

2.106.
Inspeccionar y/o auditar a los radioclubes del país.

2.107.
Atención y asesoramiento al público usuario.

2.108.
Asignación de las señales distintivas. Asistir en la determinación del arancel que le corresponde abonar a cada usuario en función de la categoría que reviste.

Sector CAUER (Centro de Atención de Usuarios del Espectro Radioeléctrico)

FUNCIONES

2.109. Entregar los instructivos y formularios relacionados con los trámites de estaciones radioeléctricas.

2.110.
Atender a las consultas del usuario del espectro radioeléctrico y de los responsables técnicos en todos los aspectos que hacen a la presentación de solicitudes para el uso de radiocomunicaciones, e informar sobre los procedimientos a seguir para la autorización de licencias y/o autorizaciones para la puesta en funcionamiento de los distintos servicios y sistemas, excepto los servicios de radioaficionados y los de radiodifusión.

2.111.
Atender y asesorar a las Delegaciones Provinciales de la Comisión nacional de Comunicaciones en el interior del país respecto a la Autorización de Estaciones Radioeléctricas de los Servicios de radiocomunicación terrenal y espacial.

2.112.
Intervenir en la recepción de los trámites correspondientes a la homologación de equipos de telecomunicaciones.

2.113.
Entender en la autorización de permisos provisorios por cambios de vehículos o de nuevas autorizaciones de estaciones radioeléctricas móviles y en las Declaraciones Juradas de estaciones de abonados, de los servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia.

2.114.
Entender en el control técnico–administrativo de las solicitudes de nuevas redes y/o estaciones radioeléctricas para los servicios y sistemas de radiocomunicación terrenal y espacial, Certificado de Operadores de Telecomunicaciones, así como las licencias de prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia.

2.115.
Entender en la recepción y registro de los profesionales, técnicos y habilitados que realizan tramitaciones como responsables técnicos ante la Comisión Nacional de Comunicaciones.

2.116.
Controlar el estado de deuda que cada solicitante de estaciones radioeléctricas pueda poseer con el Ente en concepto de Canon Radioeléctrico o Tasa de Control, Verificación y Fiscalización, a efectos de dar curso a las solicitudes de autorización, modificación o bajas de sistemas o estaciones radioeléctricos.

2.117.
Atender a los usuarios que solicitan autorización de estaciones radioeléctricas del Servicio de Banda Ciudadana (SBC), de Sistemas de Espectro Ensanchado (SEE) y Sistemas Inalámbricos Digitales de Acceso a la Red Telefónica Pública (SIDUP).

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Área Planeamiento de Radiocomunicaciones

FUNCIONES

2.118. Entender en los aspectos de radiocomunicaciones del planeamiento estratégico, técnico y operativo de los servicios de telecomunicaciones.

2.119.
Intervenir en lo referente a los aspectos técnicos de la elaboración de las políticas regulatorias nacionales de los servicios de radiocomunicación terrenal.

2.120.
Entender en el desarrollo de las técnicas propias de la Ingeniería del espectro a ser utilizadas en los procesos de asignación de frecuencias.

2.121.
Entender en los aspectos de radiocomunicaciones de la reglamentación técnica de los servicios de telecomunicaciones, tomando en cuenta la aparición de nuevos sistemas y servicios y las pautas fijadas por la Autoridad Regulatoria.

2.122.
Entender en el mantenimiento y actualización del "Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias en la República Argentina".

2.123.
Intervenir en la preparación de planes, programas y especificaciones necesarias para la participación de la República Argentina en todos los foros nacionales e internacionales (MERCOSUR, CITEL, U.I.T., O.M.C., etc.), en los aspectos de radiocomunicaciones.

2.124.
Entender en la administración y gestión del espectro radioeléctrico en función de criterios de equidad en la compartición del recurso y atendiendo a los adelantos tecnológicos en materia de radiocomunicaciones, a los Reglamentos y Recomendaciones Internacionales convenidas y a las Políticas Nacionales en ejecución.

2.125.
Entender en la determinación de las metodologías de cálculo de enlace y cobertura, y la coordinación de frecuencias de sistemas radioeléctricos terrenales.

2.126.
Entender en la homologación de los equipos empleados en los sistemas de telecomunicaciones, en la confección de las normas técnicas y en la acreditación de laboratorios de medición a tal efecto. (Modificado por Res. CNC 1019/01)

Sector Radiocomunicaciones

FUNCIONES

2.127. Elaboración de reglamentos de servicios y atribución de frecuencias de radiocomunicaciones. Encargada de la actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas. Apoyo informático

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Área Normalización de Equipos y Homologaciones

Ex-Sector Normalización de Equipos y Homologaciones
(Modificado por Res. CNC 1019/01)

FUNCIONES

2.128. A los efectos del cumplimiento de estos objetivos la Sección Normalización de Equipos y Homologación de la CNC, deberá:

2.129.
Homologar –para su comercialización en el país– equipos de telecomunicaciones que se instalen a partir de los puntos terminales de la red pública de telecomunicaciones y equipos que hagan uso del espectro radioeléctrico, que se encuentren sujetos a las normas técnicas establecidas por la Comisión Nacional de Comunicaciones.

2.130.
Codificar –para su comercialización en el país– equipos de telecomunicaciones que se instalen a partir de los puntos terminales de la red pública de telecomunicaciones y equipos que hagan uso del espectro radioeléctrico, que no se encuentren, por el momento, sujetos a normas técnicas establecidas por la Comisión Nacional de Comunicaciones.

2.131.
Autorizar el uso de equipos de telecomunicaciones que se instalen a partir de los puntos terminales de la red pública de telecomunicaciones y equipos que hagan uso del espectro radioeléctrico –que no se comercializan en el país.

2.132.
Inscribir los equipos homologados, codificados o autorizados en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).

2.133.
Inscribir empresas que fabrican y/o comercializan equipos en el RAMATEL.

2.134.
Elaborar y publicar listas de personas físicas y jurídicas inscriptas en cada actividad de telecomunicaciones.

2.135.
Elaborar y publicar listas de los equipos de telecomunicaciones inscriptos según la clasificación indicada anteriormente.

2.136.
Elaborar las bases de datos de Empresas y de equipos.

2.137.
Integrar el Comité de Consulta cuyas funciones son las de asesorar a la Comisión Nacional de Comunicaciones con relación a:

2.137.a.
La definición de los materiales factibles de tener o no en stock a los efectos de decidir el procedimiento de inscripción.

2.137.b.
La evaluación de los informes elaborados en relación con las solicitudes de inscripción.

2.137.c.
La aprobación o rechazo de las solicitudes de inscripción.

2.137.d.
La caducidad o suspensión de las inscripciones.

2.137.e.
Los demás aspectos atinentes a la aplicación del reglamento.

2.138.
Analizar la documentación técnica correspondiente a los equipos para los que se solicita inscripción (homologación, codificación o autorización), compuesta por:

2.138.a.
Especificaciones técnicas.

2.138.b.
Descripción del diagrama en bloques.

2.138.c.
Descripción del funcionamiento del equipo.

2.138.d.
Verificaciones, ajustes y operación del equipo.

2.138.e.
Circuito completo, perfectamente legible, indicando en el mismo el valor de sus componentes pasivos y la identificación de los componentes activos.

2.138.f.
Informe de medición realizada por un laboratorio acreditado.

2.139.
Elaborar proyectos de normas técnicas, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

2.139.a.
Seguridad para el usuario.

2.139.b.
Uso racional del espectro radioeléctrico.

2.139.c.
Compatibilidad con la red pública de telecomunicaciones como resultado de la instalación de equipos terminales.

2.140.
Coordinar las comisiones multisectoriales que se constituyan para el estudio y elaboración de las normas técnicas respectivas.

2.141.
Analizar las solicitudes de inscripción de laboratorios, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Resolución 700/96.

2.142.
Medición de equipos de telecomunicaciones y estaciones terrenas.

2.143. Mantener un sistema de interconsulta con Cámaras y Empresas sobre los alcances y aplicación del reglamento del RAMATEL.

2.144.
Asesorar a Empresas y Consultoras, nacionales e internacionales, sobre los requisitos y alcances de la homologación y reglamentos de aplicación.

2.145.
Elaboración de proyectos de normas y coordinación de las comisiones multisectoriales respectivas.

2.146.
Homologación de equipos. Informes técnicos en las solicitudes de licencias de prestación de servicios. Apoyo informático

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Sección Radiodifusión

FUNCIONES

2.147. Entender en la coordinación y planificación de procesos nacionales y acuerdos internacionales, interrelación con UCCR y otras Áreas y gerencias, gestión MERCOSUR, Comisión Temática Radiodifusión.

2.148.
Analizar los anteproyectos técnicos para asignación de frecuencias de los Sistemas de Emisoras de AM, cálculos de propagación del Acuerdo Regional CARR/81, emisoras de FM, TV (VHF), Sistemas Complementarios de Radiodifusión: Televisión Codificada en UHF y Microondas (MMDS), Sistemas Mixtos de televisión, Circuitos Cerrados Comunitarios de Televisión, Antenas Comunitarias de Televisión.

2.149.
Analizar la documentación técnica definitiva de los sistemas de emisoras de AM, emisoras de FM, TV (VHF), Sistemas Complementarios de Radiodifusión: Televisión Codificada en UHF y en Microondas (MMDS), Sistemas Mixtos de Televisión, Circuitos Cerrados Comunitarios de Televisión, Antenas Comunitarios de Televisión.

2.150.
Analizar los requerimientos nacionales e internacionales, evaluación e informes y comunicación al país involucrado.

2.151.
Realizar por sí o por terceros inspecciones técnicas reglamentarias de habilitación conforme a lo establecido por el art. 26 de la Ley Nº 22.285.

2.152.
Realizar Campañas de mediciones de intensidad de campo, relevamientos de estaciones en zona de frontera de acuerdos internacionales, verificaciones técnicas, cálculos de propagación, asignación de frecuencias y características técnicas de las emisiones, evaluación e informes.

2.153.
Llevar la gestión de procesos administrativos, registros en base de datos de todos los servicios, altas, modificaciones y bajas del registro correspondiente, estadísticas e informes.

2.154.
Intervenir en la elaboración y actualización de los Planes Nacionales de Radiodifusión.

2.155.
Intervenir en la elaboración de las Normas Técnicas para los distintos servicios de radiodifusión.

2.156.
Intervenir en la promoción del desarrollo y actualización de los servicios de radiodifusión en sus aspectos técnicos ante organismos nacionales e internacionales.

2.157.
Participar en reuniones internacionales y celebrar acuerdos regionales sobre temas de radiodifusión.

2.158.
Titularidad de la Comisión Temática de Radiodifusión del Sub-Grupo Nº 1 Comunicaciones del MERCOSUR.

2.159.
Supervisar y controlar el cumplimiento de las Normas Técnicas y Reglamentos Generales de los servicios de radiodifusión.

2.160.
Intervenir en la redacción de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares de los llamados a Concursos Públicos en los aspectos técnicos.

2.161.
Determinar las frecuencias, las potencias y demás parámetros técnicos de operación de las estaciones de radiodifusión y asignar las señales distintivas.

2.162.
Asesorar a niveles superiores de la Comisión Nacional de Comunicaciones y de otros Organismos Nacionales, provinciales, Municipales, Universidades y Obispados, sobre los aspectos técnicos de los servicios de radiodifusión.

2.163.
Coordinar los requerimientos de solicitudes de nuevas estaciones o modificaciones de los parámetros técnicos con los países limítrofes en zona de frontera.

2.164.
Intervenir en la preparación y presentación de ponencias técnicas en el ámbito de reuniones internacionales sobre temas de radiodifusión.

2.165.
Intervenir en la preparación en la documentación técnica necesaria, para la inscripción de una asignación ante la Oficina de radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

2.166.
Intervenir en los análisis técnicos por denuncias de interferencias nacionales e internacionales sobre sistemas del servicio de radiodifusión.

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Área Servicios Espaciales

FUNCIONES

2.167. Entender en el planeamiento estratégico, técnico y operativo de los servicios de radiocomunicación espacial.

2.168.
Entender en la reglamentación técnica de los servicios de radiocomunicaciones espacial, teniendo en cuenta la aparición de nuevos sistemas y servicios y las pautas fijadas por la Autoridad Regulatoria.

2.169.
Intervenir en la preparación de planes, programas y especificaciones necesarias, en los aspectos de comunicaciones espaciales, para la participación de la República Argentina en foros nacionales e internacionales (MERCOSUR, CITEL, U.I.T., etc.).

2.170.
Entender en la administración y gestión del espectro radioeléctrico atribuido a los servicios de radiocomunicación espacial, en función de criterios de equidad en la compartición del recurso y atendiendo a los adelantos tecnológicos en materia de radiocomunicaciones, a los Reglamentos y recomendaciones internacionales convenidos y las Políticas Nacionales en ejecución.

2.171.
Intervenir en lo referente a los aspectos técnicos de la elaboración de las políticas regulatorias nacionales de los servicios de radiocomunicación espacial.

2.172.
Entender en la coordinación nacional e internacional y notificación internacional de estaciones terrenas.

Sector Coordinación de Estaciones Terrenas

FUNCIONES

2.173. Entender en los procedimientos técnicos y reglamentarios de autorización, registro, coordinación nacional e internacional, y notificación a la U.I.T. de estaciones terrenas.

2.174.
Entender en las tareas de mantenimiento del Registro de Frecuencias y notificación de asignaciones ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones para los servicios terrenales.

Sector de Planificación de Sistemas y Servicios

FUNCIONES

2.175. Entender en la planificación de las bandas de frecuencias para los servicios espaciales.

2.176.
Entender en la elaboración de los procedimientos y metodología de coordinación nacional e internacional de los segmentos terreno y espacial de los servicios espaciales.

2.177.
Intervenir en la reglamentación de los servicios de radiocomunicaciones espacial.

Sector Coordinación de Redes de Satélites (Modificado por Res. CNC 467/00)

FUNCIONES

2.178. Supervisar la situación de las posiciones orbitales argentinas y la coordinación de redes satelitales en los términos de las normas de la UIT y las disposiciones nacionales

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Área Planeamiento de Telecomunicaciones

Ex-Área de Planes Fundamentales
(Modificado por Res. CNC 447/00 - La numeración corresponde a la resolución original)

FUNCIONES

5.50. Entender en la administración de los Planes Técnicos Fundamentales de Telecomunicaciones.

5.51.
Intervenir en los aspectos técnicos de la reglamentación de los servicios de telecomunicaciones, tomando en cuenta la aparición de nuevas tecnologías.

5.52.
Entender en la preparación de normas y especificaciones técnicas para el desarrollo e interconexión de las redes de telecomunicaciones.

5.53.
Intervenir en la preparación de planes, programas y especificaciones necesarias para la participación de la República Argentina en foros nacionales, regionales e internacionales en cuestiones inherentes a los planes técnicos, interconexión y servicios de telecomunicaciones.

Sector Administración de Planes Fundamentales

FUNCIONES

5.54. Entender en la confección de los procedimientos de asignación de los recursos involucrados en el Plan Fundamental de Numeración Nacional y en el Plan Fundamental de Señalización Nacional.

5.55.
Entender en la confección de los procedimientos para el control de la utilización de la numeración y la señalización a nivel nacional.

5.56.
Entender en la actualización de un registro de utilización y disponibilidad de los recursos de numeración y señalización.

5.57.
Entender en el diligenciamiento de las solicitudes y en la asignación de números y códigos de puntos de señalización a los distintos prestadores o usuarios de los servicios de telecomunicaciones.

 5.58.
Intervenir en las actividades del Comité Consultivo al que hace referencia el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

5.59.
Intervenir en las actividades del Comité Consultivo al que hace referencia el Plan Fundamental de Señalización Nacional.

5.60.
Intervenir en la resolución de disputas relativas a los Planes Técnicos Fundamentales.

Sector Tecnologías de Redes de Telecomunicaciones

FUNCIONES

5.61. Intervenir en la preparación de normas y especificaciones de protocolos de señalización para la administración del Plan Fundamental de Señalización.

5.62. Intervenir en los aspectos técnicos de la reglamentación de los servicios de telecomunicaciones, tomando en cuenta la aparición de nuevos sistemas.

5.63.
Intervenir en la confección de normas técnicas relacionadas con la interconexión de redes de telecomunicaciones.

5.64.
Intervenir en la preparación de planes, programas y especificaciones necesarias para la participación de la República Argentina en todos los foros nacionales, regionales e internacionales en cuestiones inherentes a numeración, señalización y servicios de telecomunicaciones.

5.65.
Organizar los recursos informáticos, administrar archivos, bases de datos, planillas de cálculo, etc. y apoyar las actividades del área.

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