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| servicios | servicios postales | obligaciones de los operadores |
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| Obligaciones de los Operadores |
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Obligaciones del Correo Oficial
- Ofrecer sus productos y prestar sus servicios de manera igualitaria, sin discriminar
- Informar al cliente sobre:
- condiciones y calidad de los servicios
- existencia de convenios de reenvío
- derechos y obligaciones de los clientes
- procedimientos para formular reclamos
- Requerir el auxilio de la fuerza pública cuando terceros obstaculicen, traten de impedir, o de cualquier modo restrinjan o dificulten la prestación normal de los servicios.
- Informar a la CNC las novedades relativas al Registro de Productos y Servicios del Correo Oficial.
- Atender con los servicios prestados la cobertura geográfica mínima que surge del Anexo 9 del Pliego, con los alcances establecidos en el Contrato de Concesión.
- Mantener como mínimo el número de puntos de atención que existían cuando se otorgó la concesión
- Mantener la cobertura mínima en las localidades en la que se encontraban oficinas que han sido mudadas.
- Mantener los estándares de calidad de prestación del servicio previstos en el Anexo 8 del pliego licitatorio.
- Realizar la venta de sellos postales a un valor no superior al facial.
- Habilitar un espacio físico apto para la difusión de información referida a servicios postales y de telecomunicaciones, en particular los derechos de los clientes y procedimientos para formular reclamos
- Cumplir con las reglas de admisión y de transporte de los envíos (libertad de tránsito, secreto postal, inviolabilidad de la correspondencia, sistemas de seguimiento, entre otros).
- Aplicar las disposiciones UPU en la realización del servicio internacional de envíos con valor declarado
- Prestar sin exclusividad y en forma obligatoria el Servicio Postal Universal de correspondencia simple de hasta VEINTE (20) gramos por unidad, telegramas simples de hasta VEINTE (20) palabras y los giros postales de hasta MIL PESOS ($1.000).
- En todos los lugares donde preste servicios no obligatorios de admisión o distribución al público, prestar igualmente los servicios obligatorios.
- Mantener a la vista del público en las oficinas información sobre horarios, estándares de calidad y otros
- Mantener las oficinas de atención al público abiertas, como mínimo, durante el horario comercial local
- Respetar las tarifas aplicadas al SPBU., como precios máximos, establecidas al momento de la concesión y/o a las adecuaciones posteriores que apruebe la Autoridad de Aplicación.
- Prestar todos los servicios obligatorios establecidos por el contrato de concesión SPBU, comunicaciones fehacientes, sellos postales, servicio electoral, servicio telegráfico, cecogramas, encomiendas y otros.
- Entregar de cada viñeta la cantidad de series establecidas a la UPU, a la UPAEP y a la Autoridad de Aplicación para la colección Filatélica Nacional, como así también, el cumplimiento de las normas, que en materia filatélica, rigen en la UPU y la UPAEP.
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Información de
Postales |
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Fecha de actualización:
16/05/2012 07:57:45 p.m.
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| para agendar |
| Correo Oficial |
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| SEDE CENTRAL ADMINISTRATIVA |
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Av. Paseo Colón 746
(C1063ACU) Ciudad de Buenos Aires |
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Tel. (+5411) 5550-5000 |
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