Bajo esta prestación, de siglas SLV, se encuadran los diversos sistemas de radiocomunicaciones destinados a la localización vehicular, gestionados mediante distintas tecnologías y formas de operación.
Las arquitecturas de las redes que prestan este servicio son muy variadas en la cantidad de canales que requieren como en la operación de los mismos y estaciones necesarias. Por tal motivo, no hay un reglamento de servicio en particular como tampoco bandas atribuidas de manera específica. Dependerá del análisis de cada requerimiento y la disponibilidad de frecuencias solicitadas para los sitios pretendidos.
La excepción de lo mencionado en el párrafo anterior, se ubica en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries y 100 km, donde el espectro se define como escaso, y por ello se ha destinado la banda de frecuencias en el orden de 470 a 512 MHz previstas en el Anexo II b) de la Resolución SC N° 3205/99, pudiendo elegirse canales en símplex o en semidúplex, con posibilidad de varios canales o pares de ellos, de ser necesario.
La manera de acceder a la asignación de las frecuencias para este tipo de servicio, es a través del régimen de subasta pública, procedimiento determinado por el Anexo VIII y IX de la Resolución 235 SC/2001. |