Acerca de los Contratos
Las empresas prestadoras de servicios de Telefonía Móvil deben asegurar la prestación de los servicios al cliente conforme a los términos y condiciones establecidos al momento de la contratación.
Se recomienda leer detenidamente todas las cláusulas.
Sin perjuicio de la incorporación de elementos formales y de información exigidos por las normas que rigen la materia, deberán constar y observarse en la confección de los contratos, como mínimo, los siguientes aspectos:
- Plan de prestación del servicio: alcances y precios.
- Plazos contractuales.
- Precios, abonos y demás servicios diferenciados.
- Modo de facturación.
- Derechos y obligaciones del cliente.
- Derechos y obligaciones del prestador.
- Mecanismos de rescisión anticipada.
- Suspensión y baja del servicio.
- Advertencia sobre las limitaciones del sistema en lo atinente a la continuidad del servicio.
En el contrato debe estar previsto el precio del servicio. Y debe estar en vigencia durante el lapso contratado.
Cualquier cambio contractual o modificaciones que pudieran surgir con posterioridad a la contratación, incluyendo cambios de precios, u ofertas de servicios, deben ser informados con una antelación de 60 días, dejando la posibilidad al cliente de rescindir el contrato sin cargo, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 9/04, Anexo II, cláusula V de la Secretaría de Coordinación Técnica.
En el caso de que el contrato contuviera una cláusula de permanencia mínima, es posible que el cliente deba pagar un cargo por la rescisión anticipada del mismo. Para ello deberá observar cuáles son las condiciones que fueran establecidas en el contrato respecto de este punto.
Ante cualquier inconveniente, en primera instancia, deberá iniciar un reclamo ante la empresa prestadora del servicio.
Si esta no hubiera respondido en tiempo y forma o ud. no quedara satisfecho con la misma, podrá iniciar su reclamo ante la CNC. Para ello, se recomienda acompañar toda la documentación relativa a la contratación del servicio contrato, anexos, facturas del servicio, y toda documentación o nota cursada entre la empresa y ud, o número de reclamo si lo hubiera realizado en forma telefónica. |