¿Qué es la CNC? Centro de Información Técnica Estadísticas Eventos Inicio Mapa del Sitio Preguntas Frecuentes Contáctenos
Reclamos
 
Formularios
 
Servicios Telefónicos
 
Tarjetas Prepagas
 
Otros Servicios
 
Servicios Postales
 
Espectro Radioeléctrico
 
Facturación y Administración de Cobranzas
 
Facturación
Gestión de Mora
Preguntas Frecuentes
Normativa
Consultas
Tasa de Control, Fiscalización y Verificación
 
Servicios Satelitales
 
Numeración y Señalización
 
Homologaciones
 
Contrataciones
 
Convenios de Interconexión
 
Asuntos Internacionales
 
   
 

¿Qué es la UTR?
Es la Unidad de Tasación Radioeléctrica y se utiliza para calcular lo que deberán abonar los diferentes Servicios según lo establecido en la Res. 10 SETyC/95 y sus modificatorias. Su valor es de $25,5107 (B.O.N. 29723 del 01/09/2001). Por ejemplo: Los sistemas en Modalidad Compartida pagarán por cada estación y por cada frecuencia asignada, por mes, DIEZ CENTESIMOS DE UTR (0,10 x 25,5107)

¿Cómo efectuar el cambio de domicilio de la facturación?
Se debe presentar en el Centro de Atención al Usuario del Espectro Radioeléctrico (CAUER), sito en Perú 103 Piso: 1º, por correo o personalmente de 11 a 16 hs., el Formulario de Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas y el Formulario de Datos del Solicitante a fin de registrar administrativamente el cambio de domicilio. Si hubiera también traslado de estaciones, el trámite se encuadrará como MODIFICACIÓN y deberán solicitarse los requisitos en el CAUER.
ES OBLIGACIÓN DEL USUARIO MANTENER ACTUALIZADOS LOS DOMICILIOS DECLARADOS OPORTUNAMENTE ANTE ESTA COMISIÓN NACIONAL.

¿Como solicitar la baja de los servicios que se facturan cuatrimestralmente?
La baja deberá ser solicitada mediante una nota original con firma y aclaración del titular CUARENTA Y CINCO (45) días antes del último día del último período de facturación. Los usuarios que soliciten la baja con una antelación menor al plazo indicado precedentemente deberán abonar el siguiente período de facturación. No se aceptará la baja telefónicamente, por correo electrónico o fax. (Art. 17 Res. 10 SETyC/95).
LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DEBEN TENER PRESENTE QUE LA BAJA DE LAS FRECUENCIAS RADIOELÉCTRICAS NO IMPLICA LA BAJA DE LA LICENCIA DE PRESTACIÓN, A MENOS QUE EN LA NOTA DE BAJA SE ACLARE ESPECÍFICAMENTE QUE SE DESEA LA BAJA DE LA FRECUENCIA Y DE LA LICENCIA.

¿Cuáles son los períodos de facturación de los diferentes servicios, sus fechas de vencimiento y las fechas límites para solicitar la baja?

Servicios
Período
1º Vencimiento
2º Vencimiento
Fecha Límite para solicitar baja del servicio
HF
01/11 – 28/02
10/11
25/11
15/09
01/03 - 30/06
10/03
25/03
15/01
01/07 - 30/10
10/07
25/07
15/05
VHF
01/12 - 31/03
10/12
25/12
15/10
01/04 - 31/07
10/04
25/04
15/02
01/08 - 30/11
10/08
25/08
15/06
SBC, SMM y DERECHO ANUAL DE MANTENIMIENTO DE INSCRIPCIÓN
01/09 - 31/08
10/09
25/09
Antes del inicio del próximo período a facturar

¿Qué hacer si no se recibe la factura?
De no recibir la factura deberá gestionarla mediante el reclamo correspondiente. (Art. 15 Res. 10 SETyC/95).
La falta de recepción de la misma no justificará el no pago de los derechos radioeléctricos, los recargos previstos ni las consecuencias sancionatorias.

¿Qué sucede si no se paga una factura?
Si una factura continua impaga transcurridos QUINCE (15) días hábiles de su 2º vencimiento se intimará al usuario a cancelar el importe adeudado bajo apercibimiento de caducidad de la autorización radioeléctrica y se iniciarán las acciones legales correspondientes para el cobro de lo adeudado. (Art. 10 Res. 10 SETyC/95).

¿ Existe un plan de facilidades de pago?
Sí. Para cancelar una deuda morosa el titular puede suscribir a un Reconocimiento de deuda y Acuerdo de pago de 2 a 24 cuotas no menores a $ 250, según lo previsto en la Res.1021 CNC/2001.
En ningún caso se efectúan quitas de la deuda morosa.

¿Qué documentación se debe presentar para celebrar un plan de pago?
En caso de persona física: deberá presentar fotocopia del DNI.
En caso de persona jurídica, y de acuerdo al tipo societario: se requerirán fotocopias de Contrato Social, Estatuto Social, última Acta de Distribución de cargos, Poder, etc.
En todos los casos las fotocopias deben estar certificadas por Escribano, Juez de Paz, Entidad bancaria o Policía, a menos que el titular se presente personalmente en Perú 103 Piso 15º, de 11 a 16 hs, con original y fotocopia de la documentación requerida a fin de que se realicen las certificaciones pertinentes.
Para todos los casos será indispensable constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para mayor información, comunicarse a los teléfonos 011-4347-9568/9848 o por correo electrónico a mora@cnc.gov.ar

¿Cuál es la Tasa de interés por pago fuera de término?
En caso de mora, al monto original se adicionará un recargo resultante de aplicar a aquél la tasa de interés para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, vigente al último día habil del penúltimo mes al de inicio del período facturado, incrementada en un CIENTO POR CIENTO (100%) y prorrateada por la cantidad de días de mora.

¿Cuáles son los medios de pago para abonar las facturas?
Las facturas pueden abonarse en efectivo o con cheque propio. No se recibirán valores por correspondencia.

¿Dónde pueden abonarse las facturas?
Banco Nación (todas las sucursales): efectivo o cheque
Tesorería de la CNC - Perú 103 Piso: 15º, de 11 a 16 hs: efectivo o cheque
Correo Argentino (todas las sucursales): efectivo

¿Cuál es la orden de los cheques para el pago de las facturas?
Si la factura se abona en el Banco Nación, el cheque debe realizarse a la ORDEN del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, endosado con la siguiente leyenda: CNC 5000/115 RECAUDADORA FF 12
Si la factura se abona en la Tesorería de la CNC, el cheque debe realizarse a la ORDEN de CNC 5000/115 RECAUDADORA FF 12

¿Cuál es la orden de los cheques para el pago de Multas y Licencias de Prestación? ¿Dónde deben ser abonadas?
Las Multas y Licencias de Prestación sólo podrán abonarse en la Tesorería de esta CNC. Los cheques se extenderán a la siguiente orden: CNC 5000/115 RECAUD. FDO. TERC.


 

Recomendar la página


l
.
.
 
©2003 Comisión Nacional de Comunicaciones
Perú 103 (C1067AAC) Buenos Aires - Argentina